Al pactarse honorarios bajos se pueden dar, como consecuencia, situaciones en que el profesional podría incurrir en falta de ética. Tal por ejemplo:
- La prestación de servicios profesionales incompletos y/ o falta de calidad.
- La búsqueda por parte del profesional, de una compensación mediante la aceptación de ingresos espurios, descalificados por el Código de Ética. Hacerlo implica incurrir en descrédito personal y de la profesión ante quienes ofrecen las comisiones, descuentos y bonificaciones; perder autoridad moral ante proveedores y contratistas y verse comprometido en caso de tener que imponer el cumplimiento de sus obligaciones y ocasionar un perjuicio económico al comitente ante quien el arquitecto deber ser ante todo, asesor y guardián de sus intereses.
Art. 2.1.1.1.
“Contribuir con su conducta profesional y por todos los medios a su alcance a que en el consenso público se forme y mantenga un exacto concepto del significado de la profesión en la sociedad, de la dignidad que la acompaña y del alto respeto que merece”
Art. 2.3.1.2
“No aceptar en su propio beneficio, comisiones, descuentos, bonificaciones y demás análogas, ofrecidas por proveedores de materiales, artefactos o estructuras, por contratistas y/ o por otras personas directamente interesadas en la ejecución de los trabajos que el profesional proyecto o dirija.”
NOTA: Ante cualquier duda dirigirse a la Gerencia Técnica
tecnica@cpau.org
TE: 5239-9413
Fuente del Articulo: MEPA. Documento C.11
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